¡Nuestro bebé acaba de nacer! ¿Qué deberes tenemos ahora?
¡Nuestro bebé acaba de nacer! ¿Qué deberes tenemos ahora?
- Deberes por cumplir cuando nace un bebé
¡Nueve meses! Sí, has estado nueve meses esperando por este momento, por este instante único en el que puedes coger a tu bebé en brazos, mirarle a su carita, y finalmente respirar. Es un momento sublime para ti y para él. Ahora, aparte de los controles rutinarios por lo que debéis pasar, tenéis que dar paso a los trámites administrativos de la familia.
Deberes por cumplir cuando nace un bebé
Seguramente, ya tengáis todo controlado. Muchas parejas suelen informarse con anterioridad sobre los trámites burocráticos que obligatoriamente deben realizar mientras hay otras que prefieren no adelantarse y esperan incluso que la madre salga del hospital para empezar con el papeleo.
1- El nombre del bebé. Sin ello, el hospital no podrá expedir el documento que acredita que el bebé haya nacido en sus instalaciones.
2- Ir al Registro Civil. Sólo podrán inscribir al bebé como máximo hasta la primera semana tras su nacimiento. Al Registro Civil deberán presentar el Libro de Familia, el documento de identidad de la pareja (original y fotocopia) y el documento que recibieron en el hospital. Es obligatoria la presencia tanto del padre como de la madre.
3- Ir al Ayuntamiento de la localidad donde viven. El empadronamiento del bebé puede ser realizado por el padre, por la madre o por una otra persona, previa autorización. Para seguir con el empadronamiento al menos uno de los padres debe estar empadronado. Debéis presentar el certificado del Registro Civil o el Libro de Familia, y rellenar un formulario con los datos del bebé.
4- Ir a la oficina más próxima de la Asistencia sanitaria. Para que el bebé pueda recibir atención médica y acudir a las revisiones mensuales, hay que presentar el certificado (o volante de entrada) del Registro Civil y la cartilla del servicio de salud de uno de los padres. Luego, deben llevar el bebé al ambulatorio correspondiente para que se le asigne un pediatra y que pueda realizar la prueba del talón.
5- Prestaciones por maternidad y paternidad. Dependiendo del país donde resida la familia, las prestaciones son realizadas de una forma. En España, cuando la madre trabaja, antes del parto, ella podrá solicitar el permiso de maternidad equivalente a 4 meses. El padre también podrá solicitar una baja por paternidad de 13 días más dos días por el nacimiento del bebé. Sólo tendrán que presentar el documento de identidad, el Libro de Familia o el certificado del Registro Civil, documentación sobre la cotización y el informe de maternidad. Los padres adoptivos también tienen derecho.
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